Rechazaron la protesta de Platense de Añatuya



El Tribunal de Disciplina del Interior del Consejo Federal de AFA rechazó la protesta de Platense de Añatuya sobre Social Pinto, luego de la disputa la Fecha 2 de la Zona 12 del Federal "C" 2018, donde el equipo del Departamento Aguirre se impuso por 3 a 0 al 'Calamar', pero desde la dirigencia añatuyense habían argumentado mala inclusión de un jugador. Además, todas las sanciones que dejó la Fecha 4 disputada el pasado fin de semana.


AFA
CONSEJO FEDERAL DEL FÚTBOL ARGENTINO
TRIBUNAL DE DISCIPLINA DEPORTIVA DEL INTERIOR
BOLETÍN OFICIAL Nº 10/18 – 22/02/2018

EXPEDIENTE Nº 3960/18 – TORNEO FEDERAL “C” 2018
BUENOS AIRES, 22 DE FEBRERO DE 2018
JUGADOR LIGA CLUB SANCION ART

BUSTOS, GERARDO T. R. HONDO 25 DE MAYO 1 PART. 207
BUSTOS, VICTOR FRIAS COINOR 1 PART. 207
CATALFAMO, CESAR T. R. HONDO LOS DORADOS 1 PART. 209
CORDOBA, RICARDO MONTE QUEMADO QUILMES 1 PART. 207
FECHA, GUSTAVO (DT) MONTE QUEMADO SAN MARTIN 1 PART. 186 Y 260
GALVAN, SANTIAGO FRIAS COINOR 4 PART. 185
JUAREZ, YONATHAN FRIAS V. PAULINA 1 PART. 201 B 1
LOPEZ, DANIEL QUIMILI LA ENSENADA 1 PART. 186
LUGONES, EDUARDO (DT) T. R. HONDO ARGENTINO 2 PART. 186 Y 260
LUNA, CLAUDIO AÑATUYA TALLERES 1 PART. 201 B1
NIEVA, AXEL T. R. HONDO LOS DORADOS 1 PART. 201 B 6
ROJAS, JORGE T. R. HONDO 25 DE MAYO 2 PART. 200 A 1
ROLDAN, MARCELO QUIMILI TINTINA 2 PART. 200 A 3
SALTO, CRISTIAN AÑATUYA TALLERES 1 PART. 204
TEVEZ, SEBASTIAN AÑATUYA PLATENSE 1 PART. 201 B 4


EXPEDIENTE Nº 3946/18 – TORNEO FEDERAL “C” 2018
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 21 de febrero de 2018.-
VISTO:
La protesta deducida por el Club Atlético Platense de Añatuya en contra del Club Social Pinto de la localidad del mismo nombre de la Pcia. de Santiago del Estero, por
la supuesta indebida inclusión del jugador César Marcelo Mendoza, D.N.I. n° 36.914.029, en el partido que disputaron ambas Entidades en cancha de esta última en fecha 04 de Febrero del año en curso en el marco del torneo Federal “C” versión 2018 , el que finalizó con el triunfo del local por tres goles a cero; y
CONSIDERANDO:
Que dicha protesta fue deducida en tiempo útil y legal forma, a través de escrito con cargo de recepción de fecha 07/02/2.018, el que rola a fs. 04 de autos, por lo que
habiéndose abonado el correspondiente arancel (según surge de la boleta obrante a fs. 06), corresponde avocarse a su tratamiento; y
RESULTANDO:
Que el Club Atlético Platense aduce que el aludido jugador César Marcelo Mendoza no se encuentra inscripto en el Libro de Registro de Firmas de Jugadores de la Liga Añatuyense de Fútbol, y que por lo consiguiente no se encuentra habilitado para integrar el equipo de Social Pinto.-
En tal sentido este Tribunal tiene dicho que aún cuando las distintas secuencias administrativas que hacen a la habilitación de un jugador deben ser celosamente respetadas, si se hubiese llegado a ese resultado no obstante haberse incurrido en alguna omisión como la denunciada, dicha circunstancia resulta inoponible al Club que recibe el conforme de la habilitación de un determinado Jugador por parte de la Liga, y que por ello lo incluye-como siempre lo hizo- en su equipo, ya que nunca tuvo noticia de que faltaba la firma del mismo en el Registro de Jugadores, ni nadie lo advirtió de dicha falencia y lo intimó a subsanarla, menos aún cuando presentó su lista de buena fe para participar en el torneo Federal “C”.-
Por ello es que estimamos que el jugador Mendoza se encuentra correctamente habilitado, tal como lo da a entender la Liga Añatuyense de Fútbol, cuando evacuando el informe requerido por este Tribunal se permite adjuntar numerosas planillas de partidos disputados en el marco de su torneo por el Club Social Pinto (fs. 12 a 15 de autos) en las que se encuentra incluido el jugador cuestionado, sin que nadie haya deducido protesta alguna, -incluso quien hoy se agravia- , el Club Atlético Platense .-
Por ello, el TRIBUNAL DE DISCIPLINA DEPORTIVA DEL CONSEJO FEDERAL
RESUELVE:
1º) Rechazar la protesta deducida por el Club Atlético Platense de la Liga Añatuyense de Fútbol en contra del Club Social Pinto por la supuesta indebida inclusión del jugador César Marcelo Mendoza, D.N.I. n° 36.914.029, en el partido que disputaron ambas entidades en el marco del Torneo Federal “C” en fecha 04/02/2.018, el que finalizara con el triunfo de esta última Institución por tres goles a cero.
2º) Requerir a la Liga Añatuyense de Fútbol para que constate si la firma del Jugador César Marcelo Mendoza se encuentra inserta en el Libro de Registro de Jugadores de dicha Liga, y para la hipótesis que así no fuera proceda a subsanar dicha falencia.
3º) Destinar a gastos administrativo el importe depositado por el Club Atlético Platense de Añatuya al deducir su protesta.
4º) Comuníquese, publíquese y archívese.




-Info: Consejo Federal AFA


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